El ayuntamiento de Tampico presentó la plantación de 2 mil 500 mangles como una acción de restauración ambiental que cumple con la sentencia de la SCJN pero la autoridad establece un proyecto integral con participación de autoridades federales y municipales.

Tampico, Tamaulipas.— El ayuntamiento de Tampico anunció la siembra de 2 mil 500 plantas juveniles de mangle rojo en la laguna del Carpintero. La acción es parte de la restauración ordenada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para recuperar la tala hecha por el gobierno municipal en 2014.

La plantación se realizó el viernes 21 de agosto, actividad en la que participó la alcaldesa Mónica Villarreal Anaya, quien afirmó que las acciones daban cumplimiento a la sentencia emitida por el máximo tribunal.

“Estamos en un sitio emblemático de nuestra ciudad, la laguna del Carpintero, donde la Suprema Corte de Justicia dictó una sentencia y estamos dando cumplimiento con la restauración de este espacio de manglar, con la ayuda invaluable de la Universidad Tecnológica del Mar, que aporta al municipio 2 mil 500 ejemplares de mangle rojo para contribuir a la recuperación de esta zona que durante años no había sido intervenida”, mencionó.

En el comunicado del gobierno municipal no especificó si la siembra se dio conforme al cumplimiento integral de las medidas ordenadas por la SCJN en el amparo en revisión 307/2016 interpuesto por ambientalistas de Tampico.

La sentencia de la Corte indica la elaboración e implementación de un Proyecto de Recuperación y Conservación del área de manglar, además de un programa de trabajo, un cronograma con objetivos a corto, mediano y largo plazo y un esquema de financiamiento en el que participan autoridades municipales, federales y la empresa privada encargada del desarrollo del “megaproyecto”. 

La sentencia de la SCJN surgió por el daño al manglar

En 2014, la administración de la alcaldesa Magdalena Peraza Guerra taló 16 hectáreas de manglar para desarrollar el “Parque Temático Ecológico Laguna del Carpintero”, también denominado “Parque Ecológico Centenario”, en reconocimiento de la empresa Coca Cola.

Las activistas Hilda Gómez y Míriam Huberman interpusieron un amparo ante el Juzgado Noveno de Distrito en Tampico. En la acción legal señalaron como responsables al ayuntamiento de Tampico y la empresa Consultoría en Obra (Cobsa), propiedad del empresario Telésforo Segura Lima.

El expediente judicial documentó que en la zona existía un ecosistema de humedal conectado con el río Pánuco y el mar, con presencia de mangle rojo, negro y blanco, especies sujetas a protección especial.

Dentro del juicio también fueron señaladas actividades de tala, relleno y fragmentación del manglar, así como afectaciones al ecosistema y a los servicios ambientales que proporcionaba.

La resolución refiere que las obras implicaron la remoción, relleno y fragmentación del manglar existente y que las actividades realizadas en la zona representaban un riesgo para el ecosistema.

Por ello, la Primera Sala de la SCJN determinó que las autoridades responsables debían abstenerse de continuar con las acciones relacionadas con el proyecto y recuperar el ecosistema y sus servicios ambientales en el área intervenida.

¿Qué ordenó la Suprema Corte para restaurar la Laguna del Carpintero?

La sentencia no se limitó a ordenar una replantación. La SCJN estableció acciones coordinadas entre distintas autoridades.

La Corte requirió a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) elaborar un Proyecto de Recuperación y Conservación del área de manglar de la Laguna del Carpintero, que debía funcionar como base técnica para la restauración del ecosistema.

A la Comisión Nacional Forestal (Conafor) le correspondió auxiliar en la implementación de dicho proyecto.

La resolución también estableció que la Semarnat, las autoridades municipales responsables y la empresa privada encargada del desarrollo del proyecto debían concretar un esquema de financiamiento para ejecutar el proyecto de recuperación y conservación.

Además, la Profepa quedó como autoridad encargada de vigilar el cumplimiento del proyecto y de realizar las acciones necesarias para garantizar la aplicación de la legislación ambiental.

La sentencia estableció también que las autoridades municipales y la Semarnat debían presentar informes bimestrales ante la SCJN y el juez de distrito encargado del cumplimiento. Dichos informes debían ser públicos y revisados con apoyo técnico de Conabio y Conafor.

Plantación de mangle no cumple con la sentencia: ambientalistas

La siembra de 2 mil 500 ejemplares realizada por el ayuntamiento de Tampico representa una acción de plantación de mangle, pero no equivale por sí misma al cumplimiento integral de restauración establecido por la SCJN.

La sentencia exige que la recuperación del ecosistema se realice mediante un proyecto técnico, con participación de las autoridades ambientales federales y municipales, un programa de trabajo, financiamiento, supervisión y mecanismos de seguimiento.

Hasta ahora, la acción pública realizada por el ayuntamiento de Tampico consistió en la plantación de los ejemplares de mangle rojo con apoyo de la Universidad Tecnológica del Mar. El gobierno municipal presentó esta actividad como parte del cumplimiento de la sentencia.

El evento, que originalmente estaba previsto para realizarse de manera pública, se llevó a cabo finalmente de forma privada. La actividad tampoco fue difundida en las redes sociales oficiales del Ayuntamiento de Tampico hasta el momento de esta publicación.

De acuerdo con el boletín emitido por el gobierno municipal, la alcaldesa señaló que desde el inicio de su administración se estableció coordinación con las instancias federales para generar las condiciones necesarias para realizar la restauración.

Sin embargo, durante la plantación únicamente estuvieron presentes funcionarios municipales y el rector de la Universidad Tecnológica del Mar, sin que en la actividad reportada públicamente se documentara la participación de las autoridades federales que la sentencia señala como responsables o coadyuvantes en la implementación y supervisión del proyecto de recuperación.

La sentencia establece expresamente que Profepa debe vigilar el cumplimiento del Proyecto de Recuperación y Conservación, mientras que Semarnat, Conabio y Conafor tienen funciones específicas dentro del proyecto de restauración.

Una sentencia que continúa vigente en materia de restauración ambiental

La resolución de la SCJN reconoce que el daño ocasionado al manglar de la laguna del Carpintero afecta no solo a la vegetación existente, sino también los servicios ambientales asociados al ecosistema.

La Primera Sala señaló que el derecho humano a un medio ambiente sano obliga a las autoridades a adoptar las medidas necesarias para recuperar el ecosistema y sus servicios ambientales.

El máximo tribunal determinó, además, que el juez de distrito encargado del cumplimiento debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la recuperación efectiva del manglar, apoyándose en el proyecto de restauración, los informes de cumplimiento y las opiniones técnicas de las autoridades ambientales.

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