Victoria, Tamaulipas.— La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS) advirtió que las funerarias no pueden fungir como intermediarias para tramitar permisos sanitarios —como los de inhumación, exhumación, cremación o traslado— ni cobrar esos trámites a nombre de las familias, luego de detectar prácticas de cobros excesivos durante la gestión de autorizaciones.
El comisionado estatal Mario Rebolledo Urcádiz señaló que el área mantiene verificaciones a las 176 funerarias registradas en el padrón sanitario, pero en esa supervisión identificó establecimientos que integran el “servicio” de permisos dentro de sus paquetes y elevan el monto. El caso más repetido: cobros de hasta 5 mil pesos por permisos cuyo costo oficial ronda los 1,113 pesos, de acuerdo con lo expuesto por la propia COEPRIS.
La dependencia recomendó a las familias realizar el trámite de manera directa, presencial o en plataformas electrónicas, para evitar intermediaciones y pagos indebidos. Rebolledo insistió en que la Comisión “no tiene intermediarios” para gestionar permisos, y que cualquier cobro adicional por esa vía no forma parte del procedimiento oficial.
La advertencia incluyó un mensaje de sanciones: la COEPRIS sostuvo que las funerarias que incumplan la normatividad sanitaria pueden enfrentar multas que van de 169 mil a 1.3 millones de pesos, con base en la legislación estatal en materia de salud.
Reforma en el Congreso: sin gestoría de permisos y con plataformas directas
El señalamiento ocurre mientras el Congreso local revisa una iniciativa para prohibir expresamente que prestadores de servicios funerarios gestionen o cobren permisos sanitarios a nombre de usuarios.
La propuesta plantea modificar artículos de la Ley de Salud estatal para cerrar la puerta a la gestoría privada y, al mismo tiempo, obligar a que la autoridad implemente plataformas electrónicas que permitan a familiares o representantes legales hacer los trámites de forma directa.
En esa iniciativa se perfila un esquema de sanciones en UMAs para quien incumpla, con rangos que van de 1,501 a 10,000 UMAs, según el planteamiento retomado en el debate público.
Lo que dicen los contratos y reglas de consumo
Los contratos tipo para servicios funerarios registrados ante Profeco establecen obligaciones mínimas del proveedor: informar paquetes, precios y tarifas, proporcionar catálogo, contar con permisos y documentación, no condicionar el servicio a la compra de un paquete, y emitir factura o comprobante por los cobros realizados.
En un contrato de adhesión registrado en 2025, además, se establece que el precio del servicio contratado es fijo y que no puede incrementarse “injustificadamente”; y precisa que, por regla, los “servicios funerarios” no incluyen pagos de derechos por inhumación o traslado, ni otros pagos exigidos por autoridad, los cuales se cubren aparte.
La COEPRIS mantiene como parte de sus funciones la emisión de distintos tipos de autorizaciones sanitarias estatales —licencias, permisos, constancias o certificados—, dentro del marco de la legislación sanitaria vigente en Tamaulipas.
También te puede interesar: Niega Tamaulipas narcocrematorio o centros de exterminio
