Violencia contra las mujeres, ¿estrategia fallida?

Prevención y castigo. Blog sobre la política de seguridad de Nexos.

Por Blanca Ivonne Olvera Lezama

A lo largo de la historia, las mujeres hemos lidiado con la discriminación por razones de género. El derecho de estudiar, trabajar, votar, o tener la última palabra en las decisiones que a su cuerpo se refiere han sido conquistas relativamente recientes, sin que sean una realidad para la mayoría de nosotras. Una vida libre de violencia es otro ejemplo de lo anterior. En contextos donde los hombres perciben a las mujeres como su propiedad, se da paso a conductas violentas, traducidas en delitos como acoso, violencia familiar, violación, trata y feminicidio, mismos que han incrementado a través del tiempo en el país. Es necesario hacer un balance entre la magnitud del problema y la respuesta institucional para atender la emergencia.

En 2020, las procuradurías de justicia y fiscalías estatales del país reportaron al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública 3 723 asesinatos de mujeres de forma violenta, de los cuales sólo 940 fueron investigados como feminicidios. Los otros 2 783 se registraron como homicidios dolosos de mujeres, por lo que no serán investigados con perspectiva de género. Lo anterior, pese a que la Tesis Aislada 219/2019 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que, en toda muerte violenta de mujer, la autoridad debe identificar la posible presencia de motivos o razones de género como causa. Es decir, toda muerte violenta de mujer debería investigarse como feminicidio.

Ilustración: Kathia Recio

Una de las razones de la inconsistencia en la clasificación de estos delitos es la capacitación insuficiente en perspectiva de género del primer respondiente (ya sea integrante de la policía, Guardia Nacional, Fuerza Armada o agente del Ministerio Público), cuyas funciones son de seguridad pública integradas por la prevención, investigación y persecución de delitos.

La carencia de perspectiva de género en la investigación y persecución de los feminicidios es una de las razones por las que este delito ha aumentado; además, hay que sumar el impacto del covid-19 durante 2020, que acrecentó la violencia familiar hasta 220 008 carpetas de investigación, equivalentes a 603 mujeres que cada día fueron víctimas de violencia física o psicológica por parte de su pareja.

Por un lado, la Alerta de Violencia de Género no logró prevenir y erradicar los feminicidios en 2020; para 2021, incrementaron sus requisitos y disminuyeron los recursos para su implementación en estados y municipios.1 Además, la Red Nacional de Refugios reportó que en los 70 refugios señalados en su sitio web se atendió a 38 081 mujeres de marzo a noviembre,2 cifra que no representa ni la cuarta parte de las mujeres violentadas. Por su parte, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres dio cuenta de 51 Centros de Justicia para mujeres3 que resultan claramente insuficientes para atender la demanda de servicios en 32 entidades federativas y 2 446 municipios.

Si bien es cierto el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2024 no contempla ninguna estrategia en violencia de género, también lo es que existen esfuerzos institucionales como el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres 2019-2024 o el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024, publicado el 22 de diciembre de 2020. Sus resultados, sin embargo, se conocerán hasta que rindan su informe anual. Además, nuestro país tiene pendiente dar cumplimiento al informe intermedio respecto a algunas de las últimas recomendaciones que en 2018 emitió el comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), del que se pidió prorroga en julio de 2020.

Es necesario crear una serie de estrategias para prevenir y erradicar la violencia de género. Por ejemplo, para fines de visibilización del problema, consolidar en una cifra mensual el número de víctimas y carpetas de investigación por feminicidio y homicidio doloso de mujeres, ya que ambos son asesinatos violentos de mujeres. Asimismo, capacitar en perspectiva de género a los y las funcionarias de seguridad pública que están a cargo de la investigación y persecución de los delitos de violencia de género; esto es, 122 717 policías que constituyen el estado de fuerza de las entidades federativas,4 98 282 que integran la Guardia Nacional,5 más elementos de las Fuerzas Armadas y Ministerios Públicos. Es necesario, además, incrementar el número de refugios y Centros de Justicia y de Atención para Mujeres Víctimas de Violencia, así como crear nuevas masculinidades para erradicar la cultura patriarcal. Todo lo anterior requiere de presupuesto público para lograrse, así como de la suma de voluntades del Estado y la sociedad civil, para que las mujeres en México vivan una vida libre de violencia.

Blanca Ivonne Olvera Lezama

Investigadora del Inacipe y docente en la UNAM.

Este texto fue realizado para el blog Prevención y castigo. Blog sobre la política de seguridad de Nexos.

1 Cfr. Acuerdo que modifica los lineamientos para la obltención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de género para las mujeres en estados y municipios para el ejercicio fiscal 2021 publicadas en la plataforma de Conavim.

2 Cfr. Red Nacional de Refugios.

3 Directorio de los Centros de Justicia para las Mujeres.

4 Modelo Óptimo de la Función Policial.

5 Ibíd. Informe Anual de Seguridad Pública.

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